Fichaje móvil
María G.Entrada · 08:42
Fichaje registrado
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Control horario digital: registra la jornada desde cualquier lugar

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Desde el 12 de mayo de 2019, el Real Decreto-ley 8/2019 obliga a todas las empresas en España a registrar diariamente la jornada laboral de cada trabajador. El registro debe incluir la hora de inicio y de fin de la jornada (art. 34.9 del Estatuto de los Trabajadores), conservarse al menos cuatro años y estar disponible para la plantilla, sus representantes y la Inspección de Trabajo. Un sistema digital como WeWorking evita registros incompletos en papel o Excel y reduce el riesgo de sanciones leves, graves o muy graves desde 626 € hasta 6.250 € (leve), de 6.251 € a 25.000 € (grave) y de 25.001 € a 225.018 € (muy grave), por no poder acreditar el control horario ante una inspección.
Real Decreto-ley 8/2019 · Art. 34.9 ETLa empresa garantizará el registro diario de jornada, que deberá incluir el horario concreto de inicio y finalización de la jornada de trabajo de cada persona trabajadora.
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El control horario es el registro diario de la jornada laboral de cada persona trabajadora: como mínimo, la hora de entrada y la de salida, y cuando proceda las pausas que aclaran el tiempo de trabajo efectivo. Sirve para acreditar las horas realmente trabajadas ante la empresa, la plantilla, sus representantes y la Inspección de Trabajo. No basta con el calendario laboral, el cuadrante de turnos o el horario teórico del contrato: la norma exige un registro de jornada real, objetivo, fiable y conservable. Un Excel compartido o un parte en papel suelen fallar cuando hay turnos partidos, teletrabajo o varios centros. En la práctica, el fichaje digital (app, web o kiosco) deja constancia con marca de tiempo, reduce huecos y te permite exportar el historial si llega una inspección. WeWorking centraliza esos fichajes para que el control horario deje de ser un trámite manual y pase a ser evidencia clara del cumplimiento.
Fuentes: Estatuto de los Trabajadores — art. 34.9 (BOE)Guía del registro de jornada (MITES)
El registro horario es el documento o historial donde constan las horas reales de trabajo de cada persona: entrada, salida y, cuando procede, pausas. No es el horario teórico del contrato ni el cuadrante de turnos, sino la prueba diaria de lo efectivamente trabajado. Ese registro debe ser objetivo, completo y conservarse al menos cuatro años para poder mostrarlo a la plantilla, a sus representantes y a la Inspección de Trabajo. WeWorking genera ese registro horario de forma automática con cada fichaje digital.
Fuentes: Estatuto de los Trabajadores — art. 34.9 (BOE)Real Decreto-ley 8/2019 (BOE)Guía del registro de jornada (MITES)
Sí. Desde el 12 de mayo de 2019, el Real Decreto-ley 8/2019 obliga a todas las empresas en España a registrar diariamente la jornada de sus empleados (art. 34.9 del Estatuto de los Trabajadores). La obligación aplica con independencia del tamaño, el sector o el número de centros: a partir de una persona trabajadora por cuenta ajena ya debes disponer de un sistema de registro. El historial debe conservarse al menos cuatro años y estar disponible para la plantilla, sus representantes y la Inspección de Trabajo. No registrar —o hacerlo de forma incompleta o fácilmente manipulable— expone a actuaciones inspectoras y a sanciones según la gravedad. Un sistema digital con fichaje en app, web o kiosco facilita el cumplimiento diario sin depender de papel. WeWorking te ayuda con historial en la nube, trazabilidad por persona y centro, e informes listos si te piden acreditar el registro de jornada.
Fuentes: Real Decreto-ley 8/2019 (BOE)Estatuto de los Trabajadores — art. 34.9 (BOE)Guía del registro de jornada (MITES)
La ley del registro de jornada se recoge en el Real Decreto-ley 8/2019 y en el art. 34.9 del Estatuto de los Trabajadores. Obliga a registrar cada día la hora de inicio y de fin de la jornada de las personas trabajadoras por cuenta ajena, conservar ese historial al menos cuatro años y ponerlo a disposición de la plantilla, sus representantes y la Inspección de Trabajo. El registro debe ser fiable, objetivo y verificable: no vale sustituirlo por un calendario teórico, un cuadrante de turnos o un acuerdo verbal. La guía del Ministerio de Trabajo insiste en que el sistema permita acreditar lo trabajado de forma real. En la práctica, conviene un método que deje marca de tiempo y permita exportar por persona, centro o rango de fechas. WeWorking te ayuda a cumplir esa obligación con fichaje digital (móvil, web o kiosco) e informes exportables pensados para inspección y para tu gestoría.
Fuentes: Real Decreto-ley 8/2019 (BOE)Estatuto de los Trabajadores — art. 34.9 (BOE)Guía del registro de jornada (MITES)
Así es. No importa si eres una pyme, una gran empresa o un negocio de un solo centro: la obligación de registro de jornada alcanza a todas las empresas con personas trabajadoras por cuenta ajena. Hay excepciones tasadas (por ejemplo ciertos altos cargos o relaciones laborales especiales reconocidas por ley), pero la regla general es registrar. Si tienes dudas sobre un colectivo concreto —socios, autónomos colaboradores, personal del hogar—, conviene contrastarlo con tu gestoría o con la Inspección de Trabajo antes de asumir que no aplica.
Fuentes: Estatuto de los Trabajadores — art. 34.9 (BOE)Guía del registro de jornada (MITES)
En general, todas las personas trabajadoras por cuenta ajena deben registrar el inicio y el fin de su jornada. Quedan fuera, entre otros, algunos altos directivos, autónomos, socios de cooperativas, personal del hogar y ciertos colectivos con relación laboral especial. Si formáis parte de la plantilla ordinaria —jornada completa o parcial, fijos o temporales—, el fichaje es la vía para dejar constancia de las horas trabajadas. WeWorking permite que cada persona ficha desde móvil, tablet o panel web según el centro.
Fuentes: Estatuto de los Trabajadores — art. 34.9 (BOE)Guía del registro de jornada (MITES)
Tus empleados pueden fichar en el trabajo de varias formas compatibles con la normativa: con la app móvil de WeWorking (ideal en local, desplazamientos o teletrabajo), desde el panel web en ordenador o mediante un kiosco con tablet, tarjeta o código QR en el centro. Cada fichaje queda registrado con hora exacta y queda en el historial legal de jornada. Tú consultas entradas, salidas e informes en tiempo real sin depender de papel ni Excel.
Fuentes: Estatuto de los Trabajadores — art. 34.9 (BOE)Guía del registro de jornada (MITES)
Los registros de control horario deben conservarse un mínimo de cuatro años (art. 34.9 del Estatuto de los Trabajadores). Tienen que poder mostrarse a los trabajadores, a sus representantes legales y a la Inspección de Trabajo en un plazo razonable. Eso implica recuperar el historial completo de entradas y salidas —no solo el mes en curso— por persona, centro o rango de fechas, con trazabilidad suficiente para acreditar el cumplimiento. Guardar PDFs sueltos o hojas de cálculo dispersas suele fallar cuando cambia el responsable de RRHH o hay varios centros. WeWorking almacena los fichajes de forma segura en la nube durante ese periodo, con acceso controlado por roles e informes exportables sin depender de papel. Así reduces el riesgo de huecos documentales si llega una inspección o tu gestoría pide el registro de un ejercicio concreto.
Fuentes: Estatuto de los Trabajadores — art. 34.9 (BOE)Real Decreto-ley 8/2019 (BOE)
No registrar la jornada —o hacerlo de forma incompleta, irregular o fácilmente manipulable— puede sancionarse como infracción leve, grave o muy grave según la LISOS y la valoración de la Inspección de Trabajo. Las cuantías orientativas van desde 626 € hasta 6.250 € (leve), de 6.251 € a 25.000 € (grave) y de 25.001 € a 225.018 € (muy grave), en función de la gravedad, la reincidencia y el alcance de la irregularidad. Además del importe, la inspección puede exigir que regularices el sistema, aportes evidencia documental y corrijas prácticas que impidan verificar el tiempo de trabajo. Un calendario teórico o un Excel editable no suelen bastar como prueba sólida. Un sistema digital fiable (app, web o kiosco) reduce ese riesgo: deja marca de tiempo, conserva el historial y te permite exportar informes. WeWorking te ayuda a acreditar el cumplimiento con evidencia clara si te piden demostrar el registro de jornada.
Fuentes: LISOS — infracciones y sanciones (BOE)Real Decreto-ley 8/2019 (BOE)Estatuto de los Trabajadores — art. 34.9 (BOE)
Por norma general debes registrar la entrada y la salida de cada jornada. Es recomendable anotar también los descansos o pausas cuando ayuden a aclarar el tiempo de trabajo efectivo, sobre todo con turnos partidos, jornadas irregulares, guardias o trabajo a distancia. El art. 34.9 del Estatuto de los Trabajadores exige el horario concreto de inicio y finalización; la guía del Ministerio insiste en que el registro sea objetivo y verificable, no una estimación a posteriori ni un cuadrante teórico. Fichar al momento —al llegar, al pausar y al salir— evita correcciones tardías difíciles de defender ante una inspección o un conflicto de horas. Si el equipo trabaja en varios centros o en movilidad, conviene un método digital que capture la marca de tiempo sin depender del papel. WeWorking permite registrar entrada, pausa y salida desde móvil, tablet o panel web, y deja el historial listo para consultar o exportar cuando lo necesites.
Fuentes: Estatuto de los Trabajadores — art. 34.9 (BOE)Guía del registro de jornada (MITES)
No. Establecer un sistema de registro de jornada es una obligación del empleador. Los trabajadores deben utilizarlo para anotar sus horarios; no es un tratamiento que dependa de un consentimiento voluntario para existir. Sí debes informar con transparencia sobre el sistema, la finalidad del tratamiento y cumplir la normativa de protección de datos (RGPD y LOPDGDD) respecto a los datos de fichaje. WeWorking centraliza el historial con acceso controlado por roles.
Fuentes: Estatuto de los Trabajadores — art. 34.9 (BOE)Real Decreto-ley 8/2019 (BOE)
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