Multa al trabajador por trabajar más horas de las contratadas

Trabajar más horas de las pactadas por contrato, para mucho puede ser sinónimo de compromiso, pero para la Inspección de Trabajo puede ser motivo de una multa severa. Veremos las consecuencias de superar las horas contratadas, quién debe pagar las multas y por qué.
multa empleado por trabajar más horas

¿Pueden multar al trabajador por trabajar más horas de las contradas? La respuesta más corta es que no, la ley no permite multar al trabajador por trabajar más horas de las que está contratado, pero la empresa sí que puede ser sancionada, y la multa puede ser bastante severa.

Es una duda muy frecuente entre los trabajadores, pues a día de hoy, hay una línea muy fina entre la cultura del esfuerzo y el «presentismo» o la incapacidad de desconectar de muchos de los trabajadores.

Hoy queremos aclarar este mito de que un trabajador puede ser sancionado por trabajar más horas y desgranaremos la normativa, las responsabilidades y por qué «trabajar más horas de más» puede ser un riesgo tanto para la empresa como el trabajador (aunque no sea sancionado por ello).


¿Multa por trabajar de más?

Uno de los mitos más extendidos en el ámbito laboral, es que echar horas extra es algo siempre positivo y se relaciona con el compromiso del trabajador y que ello no conlleva consecuencias negativas.

Pero nada más lejos de la realidad, la Inspección de Trabajo no opina lo mismo. En los últimos años, las multas que se han con el exceso de jornada han crecido exponencialmente.

Pero, ¿se puede multar a un trabajador realmente? ¿O la sanción recae siempre en la empresa? Pues vamos a ver qué nos dice la ley.

¿Por qué es ilegal trabajar más de la cuenta?

Dentro del derecho laboral, el exceder las horas laborales no se ve como un acto de «buena voluntad», de hecho es algo arriesgado para e trabajador.

Si un trabajador echa más horas de las que están en su su contrato (sobre todo en contratos a tiempo parcial) sin que estas figuren en un registro como horas extraordinarias, se están quebrantando varios principios:

  • Salud y Seguridad: Descansar es un derecho irrenunciable. Una de las mayores causas de accidentes en el trabajo se debe a la fatiga laboral.
  • Fraude a la Seguridad Social: Si esas horas de más no se registran, no se cotiza por ellas, lo que está perjudicando las arcas públicas y la futura jubilación del empleado.
  • Precarización: Obligar o permitir que se trabaje «gratis» destruye la creación de empleo neto.

¿Quién paga la multa, empresa o trabajador?

Normalmente, la sanción económica la paga la empresa.

El Estatuto de los Trabajadores y la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social (LISOS) dictaminan que es el empresario el que tiene que garantizar que se cumpla la jornada establecida.

Por ejemplo, si un inspector de trabajo, llega a una empresa, y ve a un administrativo trabajando a las 20:00 y en su contrato se establece que su jornada acaba a las 15:00, la multa recae al empresario por no controlar el cumplimiento de los horarios.

Importante El trabajador no será sancionado económicamente por la Administración, aunque si puede enfrentarse a una sanción disciplinarias por parte de su propia empresa si ha desobedecido órdenes directas de no trabajar más horas de las pactadas.

Las cuantías: El precio de no «fichar» a tiempo

Desde que ha entrado en escena el registro de jornada obligatorio, las multas son más severas. Las sanciones se clasifican según su gravedad:

GravedadMotivoCuantía aproximada
LeveNo informar sobre las condiciones laborales o falta de cartelería.De 70 € a 750 €
GraveNo tener registro de jornada o superar el límite de horas extra.De 751 € a 7.500 €
Muy GraveImpago de horas extra o enmascararlas bajo otros conceptos.De 7.501 € a 225.018 €

El caso concreto de los contratos a tiempo parcial

Los contratos a tiempo parcial son un tema un poco más peliagudo. En un contrato a tiempo parcial, no se pueden realizar horas extraordinarias, está prohibido salvo fuerza mayor.

Solo se permiten las «horas complementarias», pero tiene que previamente ser pactadas por escrito y sus límites son muy estrictos (aproximadamente el 30% o 60% de la jornada principal).

Por ejemplo, si un empleado a media jornada trabaja de forma sistemática como si estuviera a jornada completa, la Inspección puede presuponer que el contrato es, en realidad, a jornada completa, y por lo tanto, la empresa tendrá la obligación de pagar los atrasos de cotización y enfrentarse a una multa grave.

El «Derecho a la Desconexión Digital

Trabajar más horas, no solo se relaciona con estar presente físicamente más horas en el puesto de trabajo. Por ejemplo, responder un WhatsApps a las 11:30 de la noche o mandar emails un domingo también se considera un exceso de jornada laboral.

La ley recoge el derecho del trabajador a no contestar comunicaciones fuera de su horario. Si la empresa tiene una política de que el trabajador debe estar disponible 24/7, puede ser multada por quebrantar la conciliación de la vida familiar y laboral.

Consejos para evitar problemas (empresas y trabajadores)

Empresa:

  • Debe incorporar un sistema de registro laboral fiable: No se puede ceñir a un simple Excel; tiene que tener un sistema acorde con lo que dictamina la ley de registro horario.
  • Establecer su política de horas extra: Deben quedar muy bien especificadas y por escrito todas las horas extras que haga el trabajador.
  • Formación: Se debe de respetar la desconexión digital de los trabajadores y formar siempre a los mandos intermedios para que los respeten.

Para el Trabajador:

  • Fichar las horas que están en el contrato: No debe de ceder si la empresa le propone «fichar y seguir trabajando». Es algo perjudicial para el, pues por ejemplo, quedaría desprotegido ante un accidente laboral.
  • Revisar las nóminas: Se debe revisar muy bien la nómina y deben quedar reflejadas las hora de más como horas extraordinarias o complementarias en casos de contratos de media jornada.

La sanción por trabajar más horas de las que figuran en el contrato, no es un castigo al esfuerzo, sino una medida contención para que se respete el mercado laboral, y este sea justo y saludable.

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